ÁREA DE PAREJAS DE HECHO

 

PAREJAS DE HECHO

  1. Estudio de las diferentes legislaciones autonómicas en la materia, para los supuestos de parejas no residentes en Cataluña.

  2. Resolución por vía de acuerdo o contenciosa de todos los extremos inherentes a una crisis de pareja:

    • Redacción de los acuerdos previos a la constitución de la pareja de hecho para ser plasmados luego en escritura pública.

    • Negociación o en su caso, Mediación, para llegar a acuerdos de separación en su caso de estas parejas.

    • Demandas y tramitación del procedimiento por cese de la pareja de hecho: Reclamando la custodia de los hijos, las pensiones que procedan y la liquidación de los bienes si procede.

    • Liquidación de patrimonio común de la pareja, en los supuestos en que no haya hijos comunes ni proceda pensión, con asesoramiento fiscal.

    • Seguimiento, en su caso, de toda la problemática posterior a una crisis de pareja: incumplimiento del régimen de visitas, impago de pensiones o modificación de las circunstancias iniciales de la ruptura que impidan el cumplimiento de lo estipulado en su día y Ejecuciones de Sentencia.

    • Dilucidar efectos derivados de la defunción de uno de los miembros de la pareja, tanto para los casos de sucesión testada como intestada.
  3. Estudios de Derecho Internacional Privado en otros países con instituciones análogas.

 

 


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